Estrategia y Defensa Fiscal · República Mexicana

Conozco cómo
piensa el SAT.
Ahora te asesoro a ti.

Más de 20 años de experiencia en materia fiscal, incluidos 16 años como funcionario del SAT. Hoy acompaño a empresas y contribuyentes en toda la República en defensa fiscal, devoluciones y atención a la autoridad.

Defensa Fiscal Devoluciones ISR · IVA Auditorías SAT · IMSS · STPS PRODECON Compliance Fiscal Amparo Fiscal
// Miguel García
0+
Años de experiencia
en materia fiscal
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Años como funcionario
del SAT
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Revistas especializadas
IDC · Puntos Finos · ITR y más
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Licenciaturas: Contaduría
y Derecho
Servicios

Asesoría especializada
en cada frente fiscal

Acompañamiento técnico y jurídico ante la autoridad fiscalizadora, con estrategia y conocimiento de causa.

DEFENSA · LITIGIO · AMPARO · PRODECON
DEFENSA · LITIGIO · AMPARO · PRODECON
01
Defensa Fiscal y Administrativa

Acompañamiento técnico y jurídico ante el SAT, IMSS, STPS, INFONAVIT, PROFECO, CONAGUA, CNBV y demás autoridades administrativas en toda la República. Recursos administrativos, juicios contencioso-administrativos ante el TFJA, amparos fiscales y acuerdos conclusivos ante PRODECON. Buscamos siempre el mejor resultado posible para cada caso.

Recursos Administrativos Juicio Contencioso Amparo Fiscal PRODECON Nacional INFONAVIT · PROFECO · CNBV
DEVOLUCIONES · IVA · ISR · SALDO A FAVOR
DEVOLUCIONES · IVA · ISR · SALDO A FAVOR
02
Devoluciones de Impuestos

Asesoría y acompañamiento en solicitudes de devolución de ISR e IVA. Preparación estratégica de saldos a favor, integración del expediente y atención a requerimientos. Ante una negativa, agotamos todas las vías legales disponibles.

IVA ISR Saldos a Favor Preparación Estratégica
AUDITORÍAS · REQUERIMIENTOS · REVISIONES
AUDITORÍAS · REQUERIMIENTOS · REVISIONES
03
Atención a Notificaciones y Auditorías

¿Recibiste una notificación del SAT, IMSS o STPS? No la ignores: los plazos corren desde el primer día y una respuesta mal estructurada puede agravar la situación. Te acompañamos desde el primer requerimiento, integramos el expediente y buscamos reducir al máximo las observaciones de la autoridad.

Cartas Invitación Revisión de Gabinete Visita Domiciliaria SAT · IMSS · STPS Nacional
PREVENCIÓN · COMPLIANCE · REDUCCIÓN DE RIESGO
PREVENCIÓN · COMPLIANCE · REDUCCIÓN DE RIESGO
04
Compliance Fiscal

Análisis preventivo de riesgos fiscales antes de que la autoridad actúe. Identificamos áreas de exposición, orientamos sobre la corrección de obligaciones formales y sustantivas, y acompañamos en la implementación de controles para reducir vulnerabilidades ante futuras revisiones.

Análisis de Riesgos Corrección Fiscal Opinión de Cumplimiento Prevención
// Servicio exclusivo

¿Sabes cómo te ve
el SAT?

Antes de que llegue una auditoría, el SAT ya te analizó. Durante 16 años fui parte de ese proceso de selección y fiscalización.

Hoy ese conocimiento trabaja para ti: identificamos tus focos de riesgo antes de que la autoridad actúe. Te ayudamos a prevenir cartas invitación de vigilancia profunda, comunicados por inconsistencias, resultados de indicadores de riesgo y alertas fiscales que podrían detonar una revisión. Si ya llegó la notificación, también te acompañamos con una hoja de ruta para regularizar tu situación fiscal, documentar materialidad y trazabilidad.

Discrepancias CFDI vs declarado Operaciones con EFOs · Art. 69-B Márgenes fuera de parámetro sectorial Diferencias DIOT vs IVA declarado Cumplimiento formal y buzón tributario Concentración de ingresos en pocos clientes Cancelaciones de CFDI atípicas Riesgo sectorial
Solicitar Diagnóstico Fiscal
// El diagnóstico incluye
01
Análisis de comportamiento declarativo
02
Revisión de operaciones con terceros y EFOs
03
Consistencia CFDI, DIOT y declaraciones
04
Riesgo sectorial y parámetros comparativos
05
Reporte semáforo con hoja de ruta
06
Indicadores de riesgo y recomendaciones preventivas y correctivas
Miguel García — Estrategia y Defensa Fiscal
IDC
Puntos Finos
ITR
Desafíos Empresariales
El Contribuyente

Miguel García

Soy Licenciado en Contaduría Pública y en Derecho, con especialidad en Justicia Administrativa. Asesoro y acompaño a empresas, grupos empresariales y personas físicas ante el SAT, el IMSS, la PROFECO y otras autoridades fiscales y administrativas, ayudándoles a defender su patrimonio, recuperar lo que legalmente les corresponde y estructurar sus operaciones con visión fiscal estratégica —incluyendo operaciones con impacto o exposición internacional.

Durante 16 años formé parte del SAT. Esa experiencia me permitió conocer desde adentro cuáles son los indicadores de riesgo que detonan cartas invitación, revisiones de gabinete y auditorías. Hoy pongo ese conocimiento al servicio de mis clientes: saber cómo razona la autoridad me permite anticipar sus argumentos, identificar los puntos vulnerables en sus actuaciones y construir defensas con fundamento real.

He acompañado a empresas y personas físicas en auditorías del SAT, revisiones del IMSS y la STPS, procedimientos de devolución de impuestos, recursos de revocación, juicios contenciosos administrativos, amparos y acuerdos conclusivos ante la PRODECON. He ayudado a contribuyentes a recuperar saldos a favor que la autoridad pretendía negar y a llegar a soluciones que evitan litigios prolongados y costosos.

Mi enfoque no es improvisado: cada estrategia se fundamenta en la legislación vigente —CFF, LISR, LIVA, tratados internacionales—, en la jurisprudencia aplicable y en más de dos décadas de experiencia acumulada en ambos lados del proceso.

Además soy integrante de la Comisión de Profesionalización del Colegio Nacional Tributario (CONAT).

@miguel_gapi LinkedIn Facebook Instagram
01
Defensa y Litigio Fiscal
Recursos de revocación, juicio contencioso, amparo fiscal, acuerdos conclusivos PRODECON.
02
Devoluciones y Compensaciones
ISR e IVA. Estrategia, integración, atención a requerimientos e impugnación de negativas.
03
Atención a Auditorías
SAT, IMSS y STPS. Acompañamiento desde el primer requerimiento hasta el cierre.
04
Compliance y Análisis de Riesgo
Diagnóstico preventivo, corrección de obligaciones y reducción de exposición ante la autoridad.

¿Recibiste una notificación del SAT, el IMSS u otra autoridad?

No esperes a que el problema escale. Revisemos juntos tu situación.

contacto@mgfiscal.com.mx

Situaciones reales.
Resultados concretos.

Cada caso es diferente. Lo que no cambia es el enfoque: entender el problema antes de actuar, y preparar cada respuesta pensando en cómo la va a leer la autoridad.

01
Auditoría SAT
El SAT duplicó ingresos y pretendía cobrar un crédito fiscal improcedente
El SAT sumó depósitos bancarios e ingresos facturados como fuentes distintas, duplicando la base gravable...
Problema

El SAT inició una auditoría en la que sumó depósitos bancarios e ingresos facturados como si fueran dos fuentes distintas de ingreso, duplicando la base gravable. El caso ya había sido atendido por otra firma sin resultados favorables.

Solución

Se reorganizó la evidencia contable y fiscal, y se elaboró una explicación técnica sobre la trazabilidad de los depósitos, vinculando cada elemento probatorio con la operación real del contribuyente.

Resultado: observación desvirtuada · crédito fiscal eliminado.
02
Bloqueo Operativo
Cuentas inmovilizadas, fondos bloqueados y multas: empresa prácticamente paralizada
Un requerimiento de compulsa no atendido generó cuentas bancarias inmovilizadas y bloqueo de fondos...
Problema

Un requerimiento de compulsa no atendido generó cuentas bancarias inmovilizadas, bloqueo de fondos y multas. La operación diaria estaba paralizada y la empresa tenía limitada su liquidez frente a clientes, proveedores y trabajadores.

Solución

Se atendió el requerimiento de fondo para subsanar la causa, se promovieron los medios de defensa contra las multas y se interpuso amparo para agilizar el desbloqueo de las cuentas y proteger la continuidad operativa del negocio.

Resultado: CSD reestablecido · cuentas liberadas · fondos desbloqueados · nulidad de las multas.
03
Finanzas CDMX
Dos multas anuladas porque la autoridad afirmó, pero no probó
La Secretaría de Finanzas de la CDMX impuso multas por omisiones del Aviso para Dictamen sin motivación adecuada...
Problema

La Secretaría de Finanzas de la CDMX impuso dos multas por supuestas omisiones del Aviso para Dictamen y el Dictamen de Cumplimiento, sin desarrollar una motivación adecuada ni explicar con claridad los hechos que justificaban las sanciones.

Solución

Se promovió juicio contencioso argumentando que la autoridad incumplió su obligación de fundamentar y motivar correctamente las multas, vulnerando la seguridad jurídica y el derecho de defensa de la empresa.

Resultado: sentencia favorable · nulidad de ambas multas.
04
Devoluciones SAT
Del "desistimiento" a la devolución autorizada con actualización e intereses
El SAT tuvo por desistida la solicitud de devolución pese a que el contribuyente había cumplido con la información requerida...
Problema

El SAT tuvo por desistida la solicitud de devolución a pesar de que el contribuyente había cumplido con la información requerida, pretendiendo cerrar el trámite sin analizar la procedencia del saldo a favor.

Solución

Se promovió juicio ante el TFJA demostrando que el desistimiento era ilegal y que el SAT no podía concluir el procedimiento sin valorar los documentos y elementos aportados para acreditar el derecho solicitado.

Resultado: devolución autorizada con actualización e intereses.
05
PLD · LFPIORPI
Multas en PLD: cuando la autoridad no circunstancia, la sanción se anula
La autoridad impuso multas por presunta omisión de avisos LFPIORPI sin circunstanciar debidamente los hechos...
Problema

La autoridad impuso multas por presunta omisión de avisos conforme a la LFPIORPI, derivadas de una visita de verificación en materia de lavado de dinero. Sin embargo, no circunstanció debidamente los hechos que actualizaban las infracciones atribuidas.

Solución

Se promovió juicio de nulidad ante el TFJA por falta de debida circunstanciación, demostrando violaciones a la legalidad, seguridad jurídica y el derecho de defensa. El Tribunal confirmó que no basta afirmar la infracción: debe acreditarse y circunstanciarse.

Resultado: nulidad lisa y llana de las multas.
06
IMSS · Construcción
Nulidad lisa y llana frente al IMSS por incompetencia de la autoridad revisora
El IMSS emitió crédito fiscal del Reglamento para Trabajadores de la Construcción ordenado por autoridad sin competencia válida...
Problema

El IMSS emitió una resolución por créditos fiscales derivados del Reglamento del Seguro Social para Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado, proveniente de una revisión ordenada por una autoridad sin competencia válida para ello.

Solución

Se promovió juicio de nulidad ante el TFJA demostrando que la revisión fue ordenada por una autoridad incompetente tanto por razón de materia como de territorio, y que el IMSS no podía ejercer facultades de comprobación fuera del ámbito legalmente asignado.

Resultado: nulidad lisa y llana del crédito fiscal del IMSS.
07
PROFECO
Cuando PROFECO sanciona fuera de plazo, la multa se anula
PROFECO impuso una multa cuya resolución fue notificada fuera del plazo legal, operando la caducidad...
Problema

PROFECO impuso una multa por presuntas infracciones en materia de protección al consumidor. La resolución fue notificada fuera del plazo legal y el procedimiento había excedido los tiempos legales, por lo que había operado la caducidad del procedimiento sancionador.

Solución

Se promovió juicio de nulidad ante el TFJA argumentando caducidad del procedimiento y violación a los plazos previstos en la Ley Federal de Protección al Consumidor y la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

Resultado: nulidad lisa y llana de la multa.
08
Devolución de IVA
Cuando el SAT exige integraciones especiales y no valora pruebas, la devolución procede
El SAT negó devolución de IVA por formato incorrecto pese a documentación contable, fiscal y bancaria suficiente...
Problema

El SAT negó la devolución de IVA porque la contribuyente no presentó la información en el formato específico exigido, pese a haber aportado documentación contable, fiscal y bancaria suficiente. La autoridad sustituyó el análisis de fondo por una exigencia formal excesiva.

Solución

Se promovió juicio de nulidad ante el TFJA demostrando que la autoridad omitió valorar CFDI, papeles de trabajo, auxiliares, balanza de comprobación y estados de cuenta aportados. El SAT no puede negar devoluciones por exigencias formales cuando existen pruebas suficientes.

Resultado: nulidad de la resolución · IVA recuperado.

// NOTA  Los resultados obtenidos dependen de las circunstancias particulares de cada caso, la documentación disponible, la etapa del procedimiento y la estrategia legal aplicable.

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BEPSMLITributación Internacional
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Calculadora de actualización y recargos — Art. 17-A y 21 CFF — MG Fiscal Nuevo
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Días Inhábiles 2026

Días en que no corren plazos ni términos legales ante las principales autoridades fiscales y jurisdiccionales. Fuentes oficiales verificadas.

Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Fuente oficial: tfja.gob.mx ↗
Febrero
2Conmem. 5 Feb
Marzo
16Conmem. 21 Mar
Abril
1Semana Santa
2Jueves Santo
3Viernes Santo
Mayo
1Día del Trabajo
4Por acuerdo
55 de Mayo
Julio
13Por acuerdo
14Por acuerdo
15–31 Jul · Período vacacional
Agosto
28Día del empleado TFJA
Septiembre
14Por acuerdo
15Por acuerdo
16Independencia
Octubre
12Conmem. 12 Oct
Noviembre
2Por acuerdo
16Conmem. 20 Nov
Diciembre – Enero 2027
14Por acuerdo
15 Dic – 31 Dic + 1° Ene 2027 · Período vacacional
Servicio de Administración Tributaria
Art. 12 CFF · Regla 2.1.6 RMF 2026 · DOF 28-dic-2025
Enero
1Año Nuevo — Art. 12 CFF
Febrero
21er lunes — conmem. 5 Feb
Marzo
163er lunes — conmem. 21 Mar
Abril
2Jueves Santo — Regla 2.1.6
3Viernes Santo — Regla 2.1.6
Mayo
1Día del Trabajo — Art. 12
55 de Mayo — Art. 12
Septiembre
16Independencia — Art. 12
Noviembre
163er lunes — conmem. 20 Nov
Diciembre
25Navidad — Art. 12

Fundamento: Artículo 12, primer y segundo párrafos del CFF y Regla 2.1.6 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2026 (DOF 28-dic-2025). Importante: en períodos de vacaciones generales, los plazos para presentación de declaraciones y pago de contribuciones sí corren (Art. 12, 2° párrafo CFF).

Procuraduría de la Defensa del Contribuyente
Acuerdo General 001/2026: prodecon.gob.mx ↗
Enero
1Año Nuevo
Febrero
2Conmem. 5 Feb
Marzo
16Conmem. 21 Mar
Mayo
1Día del Trabajo
55 de Mayo
Julio
20–31 Jul · Período vacacional (suspende plazos)
Septiembre
1Por acuerdo PRODECON
16Independencia
Noviembre
2Día de Muertos
16Conmem. 20 Nov
Diciembre – Enero 2027
25Navidad
17 Dic – 3 Ene 2027 · Período vacacional
Órgano de Administración Judicial
Publicación oficial 2026: oaj.gob.mx ↗
Enero
1Año Nuevo
Febrero
2Conmem. 5 Feb
5Inhábil pero laborable
Marzo
16Conmem. 21 Mar
Abril
1Semana Santa
2Jueves Santo
3Viernes Santo
Mayo
1Día del Trabajo
4Por acuerdo
55 de Mayo
Julio
16–31 Jul · Período vacacional
Septiembre
14Por acuerdo
15Por acuerdo
16Independencia
Octubre
12Conmem. 12 Oct
Noviembre
2Por acuerdo
16Conmem. 20 Nov
20Inhábil pero laborable
Diciembre – Enero 2027
25Navidad
16–31 Dic + 1° Ene 2027 · Período vacacional

Inteligencia Fiscal MG

Inteligencia Fiscal MG es el boletín quincenal de monitoreo legislativo y normativo en materia fiscal y administrativa. Cada quince días reúno y analizo las publicaciones más relevantes del Diario Oficial de la Federación, el SAT, el IMSS, la STPS, PRODECON y el Semanario Judicial de la Federación — filtrando el ruido y destacando lo que verdaderamente impacta a contribuyentes, empresas y asesores fiscales. Un recurso práctico para mantenerte informado y tomar decisiones con fundamento.

  • Diario Oficial de la FederaciónDisposiciones fiscales publicadas en el DOF: decretos, acuerdos, reformas y modificaciones normativas relevantes.
  • Resolución Miscelánea FiscalPublicaciones anticipadas, modificaciones y addenda a la RMF vigente con seguimiento puntual.
  • Tesis y Jurisprudencias — SJFCriterios relevantes del Semanario Judicial de la Federación en materia fiscal y administrativa: SCJN, TCC y TFJA.
  • Herramientas descargablesAcceso a plantillas y archivos prácticos — como la Carga Batch MULTI-IEPS 2026.
👁 Ver tercera edición
Inteligencia Fiscal MG — Ed. 03 · Junio 2026
Inteligencia Fiscal MG
Ed. 03 · 15 Junio 2026
DOF · Esta quincena
DOF43 publicaciones · 30 May al 15 Jun 2026
DOFReforma Poder Judicial · LFPCA · Hacienda
SAT · Normatividad anticipada
SAT3 publicaciones — Fiscal · RMF
RMF2 versiones anticipadas — Pre-DOF
PRODECON · Criterios
PRODECON3 criterios/acuerdos
Jurisprudencia · SCJN / TFJA
SCJN2 tesis · Materia administrativa
TFJA8 criterios · Tribunal Federal
Herramienta disponible
EXCEL⬇ Carga Batch Anexo 1 MULTI-IEPS 2026 — suscriptores
Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan

Lo que más nos preguntan sobre problemas con el SAT.

Recibí una carta invitación del SAT, ¿qué debo hacer? +

Una carta invitación no es una auditoría ni determina por sí misma un crédito fiscal. El artículo 33, fracción IV, inciso c), del CFF permite al SAT enviar comunicados para informar inconsistencias detectadas o comportamientos atípicos, sin que ello implique el inicio de facultades de comprobación.

Lo que no debes hacer es ignorarla.

Aunque no sea una auditoría, puede ser el primer aviso de una inconsistencia fiscal. Si no se atiende correctamente, el asunto puede escalar a requerimientos formales, restricciones operativas o incluso a una revisión formal. La respuesta debe prepararse con cuidado: hay que aclarar lo necesario, corregir lo procedente y evitar entregar información innecesaria que pueda abrir nuevos puntos de revisión.

El SAT no autorizó mi devolución, ¿qué puedo hacer? +

Cuando el SAT niega una devolución, debe explicar claramente las razones legales y documentales. El artículo 22 del CFF regula el procedimiento y prevé que si la autoridad devuelve solo una parte, la diferencia se considera negada. También existen casos en los que la solicitud puede tenerse por desistida por falta de atención a requerimientos o deficiencias documentales.

En cualquier escenario, la resolución puede impugnarse. Si la devolución se obtiene mediante recurso o sentencia, el SAT debe pagar la cantidad actualizada y, en su caso, los intereses conforme al artículo 22-A del CFF.

Es importante actuar a tiempo. La jurisprudencia 2a./J. 32/2025 de la SCJN resolvió que, si el contribuyente no impugna una negativa de devolución por cuestiones formales, no puede presentar nuevamente la misma solicitud para subsanar después esas omisiones.

Me restringieron o cancelaron el CSD, ¿cómo lo reactivo urgente? +

Lo primero es distinguir si se trata de una restricción temporal o si el CSD fue dejado sin efectos de forma definitiva. En la restricción temporal prevista en el artículo 17-H Bis del CFF, el contribuyente puede presentar una solicitud de aclaración para subsanar las irregularidades o desvirtuar la causa que originó la restricción.

Las causas más comunes están relacionadas con omisiones en declaraciones, inconsistencias fiscales, problemas de localización u operaciones observadas. Si la causa es subsanable, debe atenderse de inmediato. En ciertos casos, el uso del CSD puede restablecerse al día siguiente de presentada la solicitud.

Si el CSD ya fue dejado sin efectos de manera definitiva, debe analizarse la resolución, identificar la causal aplicada y valorar la estrategia de defensa o regularización.

¿Qué es un acuerdo conclusivo ante PRODECON? +

Es un procedimiento de mediación entre el contribuyente y la autoridad fiscal, facilitado por la PRODECON, que permite resolver diferencias sobre hechos u omisiones detectados durante una auditoría. Su fundamento se encuentra en los artículos 69-C a 69-F del CFF.

Procede cuando el contribuyente está sujeto a facultades de comprobación, principalmente en visita domiciliaria, revisión de gabinete o revisión electrónica (Art. 42, fracciones II, III o IX del CFF). Puede solicitarse a partir de que dé inicio el ejercicio de facultades de comprobación y hasta dentro de los veinte días siguientes a aquél en que se haya levantado el acta final, notificado el oficio de observaciones o la resolución provisional.

Es una herramienta útil para corregir diferencias, aportar pruebas, aclarar hechos y, en determinados casos, reducir contingencias antes de que exista una resolución definitiva.

¿Cuánto tiempo tengo para interponer un recurso de revocación? +

El recurso de revocación debe presentarse dentro de los 30 días siguientes a aquel en que surta efectos la notificación del acto o resolución que se impugna, conforme al artículo 121 del CFF.

Antes de presentarlo, es importante analizar si realmente es la vía más conveniente. En algunos casos puede ser útil para aportar pruebas o corregir el enfoque del asunto; en otros, puede convenir acudir directamente al juicio contencioso administrativo ante el TFJA. La estrategia depende del tipo de resolución, los plazos, las pruebas disponibles y el objetivo del contribuyente.

Me inmovilizaron cuentas bancarias, ¿qué procede? +

La inmovilización requiere atención inmediata. Lo primero es identificar si ya existe un crédito fiscal notificado, si está firme o si se encuentra impugnado. El artículo 156-Bis del CFF permite a la autoridad inmovilizar depósitos bancarios cuando existen créditos fiscales firmes o cuando los créditos están impugnados pero no se encuentran debidamente garantizados.

Pueden presentarse dos escenarios:

Crédito fiscal firme. Existe una resolución definitiva y ya venció el plazo para impugnarla. La autoridad puede ordenar la transferencia de recursos conforme al artículo 156-Ter del CFF.

Crédito impugnado sin garantía. El crédito está en disputa pero la autoridad considera que el interés fiscal no está garantizado. Puede combatirse mediante la garantía correspondiente o por la vía legal adecuada.

En ambos casos existen alternativas para buscar el desbloqueo de las cuentas, pero la estrategia depende de revisar la resolución, el estado procesal del crédito, la legalidad de la notificación y si existe o no garantía del interés fiscal.

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